El domingo de las elecciones las dudas son prácticas: qué documento llevar, cuántas cruces poner, si se puede hacer una foto, si el niño puede meter el sobre. Esta guía reúne lo que dice la ley electoral sobre todo lo que pasa dentro del colegio, de 9:00 a 20:00.
Para votar en la mesa valen el DNI, el pasaporte o el carnet de conducir con fotografía. Según el Ministerio del Interior, no importa que estén caducados, pero deben ser los originales: no valen fotocopias ni el resguardo del DNI en trámite. La votación va de 9:00 a 20:00.
En esta guía: - Antes de entrar: documento y horario - Tabla: qué se puede y qué no se puede - Las papeletas: Congreso y Senado - Voto válido, en blanco y nulo - Dentro del local: cabina, ayuda, propaganda y móvil - Errores más comunes - Preguntas frecuentes
Antes de entrar: documento y horario
El artículo 85 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en el BOE admite tres documentos con fotografía: DNI, pasaporte y permiso de conducir. La página de Infoelectoral sobre el voto en mesa aclara que pueden estar caducados y que deben ser originales. Las versiones del móvil, MiDNI y miDGT, están suspendidas por la Junta Electoral Central desde marzo de 2026, según la prensa. Los documentos vencidos en otros trámites están en la guía de documentos caducados: qué se puede y qué no.
La votación empieza a las 9:00 y termina a las 20:00. A esa hora, el presidente deja votar a quienes ya estén en el local o en su acceso, y a nadie más (artículo 88).
Esta guía forma parte de la guía de qué se puede y qué no al votar en España.
Tabla: qué se puede y qué no se puede en el colegio electoral
| Situación | ¿Se puede? | Condición | Detalle |
|---|---|---|---|
| Votar con el DNI caducado | Sí | Original y con foto | votar con el DNI caducado |
| Votar con el carnet de conducir | Sí | Con foto, en tarjeta | votar con el carnet de conducir |
| Votar con el pasaporte | Sí | Aunque esté caducado | votar con el pasaporte |
| Votar con el DNI del móvil | No | Suspendido por la JEC el 26-mar-2026 | votar con el DNI del móvil |
| Votar con una fotocopia del DNI | No | Solo originales | votar con una fotocopia del DNI |
| Votar a más de tres senadores | No | El voto al Senado es nulo | votar a más de tres senadores |
| Votar a senadores de partidos distintos | Sí | Sin pasar del máximo | votar a senadores de partidos distintos |
| Tachar un nombre en la papeleta | No | El voto es nulo | tachar un nombre en la papeleta |
| Cambiar el orden de los candidatos | No | El voto es nulo | cambiar el orden de la papeleta |
| Meter dos papeletas iguales | Sí | Cuenta como un voto | meter dos papeletas en el sobre |
| Votar con el sobre vacío | Sí | Es voto en blanco válido | votar con el sobre vacío |
| Llevar la papeleta desde casa | Sí | Si es del modelo oficial | llevar la papeleta desde casa |
| Votar sin pasar por la cabina | Sí | Es opcional | votar sin pasar por la cabina |
| Votar acompañado | Depende | Si no sabes leer o por discapacidad | votar acompañado |
| Votar siendo una persona ciega | Sí | Kit braille o acompañante | votar siendo una persona ciega |
| Hacer una foto al voto | Depende | Sin propaganda ni molestias | hacer una foto al voto |
| Ir con la camiseta de un partido | No | Es propaganda en el local | ir a votar con la camiseta de un partido |
| Votar después de las 20:00 | Depende | Si ya estás en el local o su acceso | votar después de las 20:00 |
| Ir a votar con niños | Depende | Decide el presidente de la mesa | ir a votar con niños |
| Ir a votar con el perro | Depende | Decide el colegio y la mesa | ir a votar con el perro |
Las papeletas: Congreso y Senado
Congreso, papeleta blanca. Votas a una candidatura completa, con sus candidatos en el orden que fijó el partido. No puedes tachar, añadir ni reordenar nombres: el artículo 96.2 de la ley lo considera voto nulo.
Senado, papeleta sepia. Las candidaturas son individuales (artículo 171). Marcas con una cruz hasta tres candidatos en las provincias, dos en Gran Canaria, Mallorca, Tenerife, Ceuta y Melilla, y uno en el resto de islas (artículo 166). Puedes mezclar partidos. Si te pasas del máximo, el voto al Senado es nulo (artículo 96.3).
Cada papeleta va en su sobre y en su urna. Puedes llevarlas preparadas desde casa si son del modelo oficial: los partidos las reproducen a partir de las que les da la Junta Electoral, que verifica que se ajusten a él (artículo 70).
Voto válido, en blanco y nulo
El sobre que no contiene papeleta es voto en blanco, «pero válido», y en el Senado también la papeleta sin ninguna marca, según el artículo 96.5 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Son nulos los votos en sobre o papeleta distintos del oficial, la papeleta sin sobre, el sobre con papeletas de candidaturas distintas y las papeletas alteradas.
Dos papeletas del mismo partido en un sobre cuentan como un solo voto válido; dos de partidos distintos lo anulan. El voto nulo no se atribuye a nadie ni cuenta como blanco.
Dentro del local: cabina, ayuda, propaganda y móvil
Cabina. Es opcional: el artículo 86.2 dice que se pasa por ella «si así lo deseasen». Sirve para garantizar el secreto del voto.
Ayuda. Quien no sepa leer o tenga una discapacidad que le impida elegir o entregar la papeleta puede votar con una persona de su confianza (artículo 87.1). Las personas ciegas que usan braille pueden pedir un kit accesible en el 900 150 000, según la página de Infoelectoral sobre otros procedimientos de votación. Nadie puede votar en lugar de otro.
Propaganda. El artículo 93 prohíbe la propaganda «de ningún género» en el local y sus inmediaciones. Eso alcanza a camisetas, chapas o pegatinas de partidos, según el criterio de la Junta Electoral Central difundido en 2023.
Orden. Dentro del local, el presidente de la mesa tiene autoridad exclusiva (artículo 91). Decide en los casos que la ley no regula, como los niños, los animales o el uso del móvil si molesta. La página de Infoelectoral sobre el desarrollo de la votación recoge el resto de reglas del día.
¿Qué se puede y qué no se puede hacer en campaña electoral?
¿Qué se puede y qué no se puede hacer siendo miembro de una mesa electoral?
Errores más comunes
- Llevar una fotocopia del DNI. No vale; el original caducado, sí.
- Marcar cuatro senadores en tu provincia. Anula el voto al Senado.
- Tachar al candidato que no te gusta. Anula el voto al Congreso.
- Confundir blanco y nulo. El sobre vacío es un voto válido en blanco; la papeleta con un mensaje es nula.
- Llegar a las 20:01. A partir de las 20:00 solo votan los que ya están dentro o en el acceso.
Si esta guía te ha servido, sigue con estas: ¿Qué se puede y qué no se puede hacer siendo miembro de una mesa electoral?, ¿Qué se puede y qué no se puede hacer en campaña electoral? y ¿Se puede votar por correo en las elecciones generales?
Preguntas frecuentes
¿Puedo votar sin DNI?
Sí, con el pasaporte o el carnet de conducir originales con fotografía, aunque estén caducados, según el artículo 85 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General e Infoelectoral.
¿Cuántos senadores puedo votar?
Hasta tres en las circunscripciones provinciales, dos en Gran Canaria, Mallorca, Tenerife, Ceuta y Melilla, y uno en el resto de islas, según el artículo 166 de la ley.
¿Cómo se vota en blanco?
Metiendo el sobre vacío en la urna. En el Senado, también vale la papeleta sin ninguna cruz, según el artículo 96.5 de la ley.
¿Es obligatorio pasar por la cabina?
No. El artículo 86.2 de la ley dice que se pasa por ella «si así lo deseasen».
¿Me dan un justificante de voto?
Sí, si lo pides a la mesa el mismo día de la votación, según Infoelectoral.
¿Cómo sé en qué colegio y mesa me toca votar?
La Oficina del Censo Electoral remite una tarjeta con la sección y mesa asignadas. También existen consultas oficiales de locales y mesas; para consultar tu inscripción individual puede requerirse identificación digital.
¿Puedo votar presencialmente si solicité el voto por correo?
No. Una vez solicitado el voto por correo, no puedes votar presencialmente en la mesa; esa circunstancia consta en la documentación censal utilizada durante la jornada.
¿Qué hago si faltan papeletas de una candidatura?
Avísalo a la mesa. Puede recurrirse a papeletas aportadas por representantes de la candidatura; si no se resuelve, la presidencia interrumpe la votación y comunica la incidencia a la Junta Electoral de Zona. La interrupción tiene un límite legal de una hora y se prorroga el horario por el tiempo interrumpido.
¿Quién resuelve un incidente dentro del colegio electoral?
La presidencia de la mesa tiene autoridad para mantener el orden en el local y puede pedir auxilio policial. Los incidentes que afecten al orden deben quedar recogidos en el acta.
El domingo, en tres pasos
Documento original en el bolsillo, papeletas sin tocar en el Congreso y cruces contadas en el Senado. Con eso, tu voto llega entero a la urna.
