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¿Se puede votar por correo en las elecciones generales?

Respuesta rápida: SE PUEDESí, cualquier elector puede votar por correo en las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 si pide el certificado a tiempo y deposita el voto antes de la fecha límite. Para estas elecciones la solicitud se puede hacer hasta el 19 de noviembre y el sobre se entrega en Correos hasta el 25 de noviembre. El precio de esa comodidad es que, una vez aceptada la solicitud, ya no puedes votar en tu mesa.

Mano introduciendo un sobre de votación para elecciones generales en un buzón amarillo de CorreosImagen ilustrativa generada con inteligencia artificial
El voto por correo permite a los ciudadanos ejercer su derecho al sufragio en las elecciones generales dentro de los plazos oficiales

El voto por correo tiene tres plazos distintos que se suelen confundir: el de pedirlo, el de recibir la documentación y el de devolverla. Casi todos los problemas vienen de mezclarlos, o de dar por hecho que, si algo falla, siempre se puede ir a la mesa el domingo. No es así, y conviene saberlo antes de rellenar la solicitud.

Fuente verificada · Correos

Para las elecciones del 29 de noviembre de 2026, el voto por correo se solicita hasta el 19 de noviembre, en cualquier oficina de Correos o en su web con DNI electrónico o certificado digital. El voto se deposita en una oficina de Correos hasta el 25 de noviembre. Si la solicitud es aceptada, no se puede votar en la mesa electoral.

En esta guía: - La regla general del voto por correo - Tabla: qué se puede y qué no se puede - Pedir el voto: plazo, internet y representante - Recibir la documentación - Devolver el voto: plazo, sello y quién lo lleva - Votar por correo fuera de casa - Errores más comunes - Preguntas frecuentes

La regla general del voto por correo

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General permite votar por correo a quien prevea que el día de la votación no estará en su localidad o no podrá acudir a votar. El artículo 72 fija el plazo: el certificado se pide desde la convocatoria hasta el décimo día anterior a la votación. artículo 72 de la LOREG en el BOE

Las elecciones se convocaron con el Real Decreto 806/2026, publicado en el BOE el 6 de octubre, que fija la votación para el domingo 29 de noviembre de 2026. Real Decreto 806/2026 de convocatoria de elecciones Con esa fecha, el plazo de solicitud termina el 19 de noviembre y el de depósito del voto el 25 de noviembre, según la página de Correos sobre el voto por correo del 29-N.

Votar por correo es una decisión que cierra la otra vía. El artículo 73 de la ley ordena anotar en el censo que el elector no votará en persona, y Correos lo resume así: si la Oficina del Censo Electoral acepta la solicitud, no podrás votar en la mesa electoral.

Esta guía está dentro de documentos y trámites y forma parte de la información general sobre qué se puede y qué no se puede hacer al votar en España.

Tabla: qué se puede y qué no se puede con el voto por correo

Situación¿Se puede?CondiciónDetalle
Pedir el voto por correo la última semanaNoEl plazo acaba el 19 de noviembrepedir el voto por correo en la última semana
Pedirlo por internetSíCon DNI electrónico o certificado digitalsolicitar el voto por correo online
Que lo pida otra personaDependeSolo por enfermedad o incapacidad, con poder notarialpedir el voto por correo a través de otra persona
Que otra persona lleve tu voto a CorreosSíCon autorización firmada y fotocopia de tu documentodar tu voto por correo a otra persona para que lo entregue
Votar en la mesa tras pedir el voto por correoNoSi la solicitud fue aceptadavotar en persona después de pedir el voto por correo
Votar si no te llega la documentaciónDependeHay que reclamar a Correos; la mesa no es la salidaqué pasa si no llega la documentación del voto por correo
Enviar el voto el último díaNoEl depósito acaba el 25 de noviembreenviar el voto por correo el último día
Enviarlo sin selloSíEl sobre a la Mesa va sin franqueoenviar el voto por correo sin sello
Votar por correo estando de vacacionesDependeEn España sí; desde el extranjero, por consuladovotar por correo estando de vacaciones
Pedirlo con el DNI caducadoDependeNo hay criterio expreso para Correospedir el voto por correo con el DNI caducado

Pedir el voto: plazo, internet y representante

La solicitud tiene una fecha tope que no se mueve: el 19 de noviembre de 2026, según la nota del Ministerio del Interior sobre el voto por correo del 29-N. Pasado ese día, quien no lo haya pedido solo puede votar en su mesa.

Hay dos vías. En la oficina de Correos la solicitud es personal, con el DNI original: el artículo 72 de la ley no admite fotocopias. Por internet, la web de Correos permite hacerla con DNI electrónico o certificado digital, firmando la solicitud electrónicamente. La vía online no está abierta a residentes en España que estén temporalmente en el extranjero.

Si estás enfermo o tienes una discapacidad que te impide ir a Correos, la solicitud la puede presentar otra persona con poder notarial o consular y certificado médico oficial. Infoelectoral, el portal del Ministerio del Interior, precisa que la certificación médica es gratuita y que el notario se desplaza gratis al domicilio, al hospital o a la residencia. Cada representante solo puede representar a un elector.

Recibir la documentación

La Oficina del Censo Electoral envía la documentación a partir del 9 de noviembre, según la nota de Interior. Llega por correo certificado e incluye las papeletas, el sobre de votación, el certificado de inscripción, el sobre dirigido a la Mesa y una hoja explicativa, como enumera el artículo 73 de la ley.

La documentación debe recibirla el propio elector, identificándose; si no está en casa cuando llega el cartero, tiene que recogerla personalmente en su oficina de Correos, según la guía de Infoelectoral sobre el voto por correo desde España. Si no llega nada, el mismo portal indica consultar el estado en la web de Correos con la referencia de la solicitud o acudir a la oficina donde la presentaste. Que no llegue no te devuelve el derecho a votar en la mesa.

Devolver el voto: plazo, sello y quién lo lleva

Fuente verificada · Correos

El voto por correo se entrega en una oficina de Correos hasta el 25 de noviembre de 2026, en el horario habitual. Lo entrega el propio elector o una persona a la que haya autorizado, y Correos lo lleva a la mesa electoral el día de las elecciones.

El voto se entrega en una oficina de Correos hasta el 25 de noviembre de 2026. La ley lo expresa como «antes del tercer día anterior» a la votación, y el envío certificado al que obliga no necesita franqueo: el sobre dirigido a la Mesa va gratis.

Al entregarlo hay que identificarse. La Instrucción 5/2023 de la Junta Electoral Central en el BOE admite el DNI, el pasaporte, el permiso de conducir, la tarjeta de residencia o cualquier otro documento válido que permita identificar al elector.

Si no puedes ir tú, otra persona puede llevar tu voto. La misma instrucción exige una autorización firmada por ti y una fotocopia de tu documento de identidad; Correos se queda con ambas y con una copia del documento de quien lo entrega.

Votar por correo fuera de casa

Estar de vacaciones en otra provincia no cambia nada: pides el voto, indicas la dirección donde vas a estar y lo recibes allí. La nota de Interior permite enviarlo al domicilio, al lugar de trabajo o a un apartado postal.

Si vas a estar temporalmente en el extranjero, el procedimiento es otro. Según la misma nota, el impreso se presenta en el consulado o la embajada hasta el 31 de octubre, la documentación se envía desde el 3 de noviembre y el voto debe enviarse como máximo el 25 de noviembre.

Errores más comunes

  1. Pedir el voto por correo «por si acaso». Si te lo aceptan, ya no puedes votar en la mesa, aunque al final estés en tu ciudad el domingo.
  2. Confundir el 19 con el 25 de noviembre. El 19 es el último día para pedirlo; el 25, el último para devolverlo.
  3. Dejar que otro recoja la documentación. La recepción es personal; lo que sí puede delegarse es la entrega del voto, con autorización.
  4. Llevar una fotocopia del DNI para pedirlo. El artículo 72 de la ley no la admite para la solicitud en oficina.
  5. Pensar que votar por correo libra de la mesa. Infoelectoral aclara que pedir el voto por correo no exime de ser miembro de mesa.

Si esta guía te ha servido, sigue con estas: ¿Se puede votar desde el extranjero?, ¿Qué se puede y qué no se puede hacer en el colegio electoral? y ¿Qué se puede y qué no se puede hacer siendo miembro de una mesa electoral?

Preguntas frecuentes

¿Cuándo llega la documentación del voto por correo?

Para las elecciones del 29 de noviembre de 2026, la Oficina del Censo Electoral la envía a partir del 9 de noviembre, según el Ministerio del Interior. Llega por correo certificado y debes recibirla tú en persona.

¿Pedir el voto por correo me libra de ser miembro de mesa?

No. Infoelectoral, el portal del Ministerio del Interior, indica que pedir el voto por correo no exime de ser miembro de mesa: solo implica recibir la documentación en casa y no poder votar en persona.

¿Cuesta dinero votar por correo?

No. El sobre dirigido a la Mesa no necesita franqueo, según el artículo 73 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, y el certificado médico y el notario para pedirlo por enfermedad son gratuitos, según Infoelectoral.

¿Qué documentos incluye el voto por correo?

Las papeletas, el sobre de votación, el certificado de inscripción en el censo, el sobre dirigido a la Mesa y una hoja explicativa, según el artículo 73 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

¿Puedo votar por correo si vivo en el extranjero?

Si estás inscrito como residente en el extranjero, votas por otro procedimiento a través del consulado. El voto por correo desde España es para residentes en España y para residentes en el extranjero que estén temporalmente en España, según Correos.

¿Qué documentos van dentro del sobre dirigido a la mesa?

Introduce los sobres de votación cerrados y el certificado de inscripción en el censo. No metas tu documento de identidad dentro del sobre de votación: puede causar la nulidad del voto.

¿Puedo echar el voto por correo en un buzón?

No. Debes entregarlo por el procedimiento de correo certificado. Los sobres recogidos de buzones ordinarios no se consideran válidos; si el sobre se recupera a tiempo, puede haber una posibilidad de devolverlo al elector para realizar correctamente el envío.

¿Cuándo llega el voto a la mesa electoral?

Correos entrega correspondencia electoral a las mesas a las 9:00 de la jornada de votación y sigue trasladando la que recibe hasta las 20:00. Esos horarios no amplían el plazo del elector para depositar su sobre.

Cómo decidir si te conviene votar por correo

La pregunta útil no es si puedes votar por correo, sino si estás seguro de que el domingo no podrás ir a tu mesa. Si la respuesta es sí, pídelo cuanto antes: cada día que esperas es un día menos de margen para que llegue la documentación. Si dudas, no lo pidas: la mesa siempre está, pero solo mientras no hayas solicitado el voto por correo.

Todo lo que cubre esta guía

Persona firmando un documento de autorización de voto por correo con bolígrafo junto a un sobre amarillo sobre el mostrador de Correos.

¿Se puede dar el voto por correo a otra persona para que lo lleve a Correos?

Tienes el sobre listo encima de la mesa, pero el horario de Correos coincide con el tuyo de trabajo. Delegar…

Entrega de sobre oficial de voto por correo a un empleado en el mostrador de una oficina postal.

¿Se puede enviar el voto por correo el último día?

El sobre lleva días encima del mueble y el plan era dejarlo en Correos el viernes, de camino. Ese viernes…

Mano depositando el sobre oficial del voto por correo en la ranura de un buzón amarillo de Correos.

¿Se puede enviar el voto por correo sin sello?

La duda es lógica: cualquier carta certificada cuesta dinero, y en la oficina es fácil pensar que hay que pagar…

Persona sosteniendo un DNI de España sobre una solicitud de voto por correo y el sobre oficial de Correos.

¿Se puede pedir el voto por correo con el DNI caducado?

Te das cuenta en la cola de Correos: el DNI venció hace unos meses y la cita para renovarlo es…

Manos sosteniendo un sobre de voto por correo sobre un escritorio con un calendario marcado en las fechas límite.

¿Se puede pedir el voto por correo la última semana?

La última semana es justo cuando más gente se da cuenta de que el domingo estará fuera: un viaje de…

Persona realizando la solicitud del voto por correo desde un ordenador portátil con DNI electrónico sobre la mesa.

¿Se puede pedir el voto por correo por internet?

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Un familiar ayuda a una persona mayor a rellenar la solicitud del voto por correo junto a su documento de identidad.

¿Se puede pedir el voto por correo por otra persona?

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Persona sosteniendo un sobre de documentación electoral frente a un colegio electoral en España.

¿Se puede votar en persona si ya has pedido el voto por correo?

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Hombre rellenando una solicitud de voto por correo con un bolígrafo azul en la terraza de una vivienda vacacional.

¿Se puede votar por correo estando de vacaciones?

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Persona sosteniendo el documento oficial de aviso de llegada para el voto por correo frente a una oficina postal

¿Se puede votar si no te llega la documentación del voto por correo?

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Escrito y verificado por

Javier Roldán

Redactor y verificador de fuentes

Contrasto cada dato con la fuente oficial antes de publicarlo: DGT y BOE para normativa de tráfico, Aena y AESA para viajes, organismos de consumo para el resto. Cuando una…

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