Es la alternativa si no encuentras el DNI el domingo por la mañana. Lo que la mesa comprueba es que lleve tu fotografía.
El artículo 85.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que la identificación del elector se realiza mediante «documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de conducir en que aparezca la fotografía del titular».
Las condiciones
| Requisito | ¿Obligatorio? | Fuente |
|---|---|---|
| Que lleve fotografía | Sí | LOREG, art. 85.1 |
| Que esté en vigor | No: vale caducado | Infoelectoral |
| Que sea el original | Sí: no valen fotocopias | Infoelectoral |
| Que sea español | No necesariamente: vale el del país de origen con foto | Infoelectoral |
| Que sea la tarjeta física | Sí mientras siga suspendida la app miDGT | Junta Electoral Central, 26-mar-2026 |
La página de Infoelectoral sobre el voto en mesa precisa que los documentos pueden ser españoles o emitidos por el país de origen, siempre que incluyan la fotografía del titular. La base legal es el artículo 85 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en el BOE.
¿Y el carnet en el móvil?
La Junta Electoral Central llegó a admitir el carnet de conducir de la app miDGT y el DNI de la app MiDNI, pero en marzo de 2026 suspendió esos acuerdos hasta que se garantice una verificación segura, según informaron varios medios. Mientras no cambie, lleva la tarjeta. El detalle está en votar con el DNI del móvil.
Si no tienes carnet de conducir, la otra alternativa al DNI es votar con el pasaporte. Todo lo que puedes hacer el domingo está en la guía de qué se puede y qué no en el colegio electoral.
¿Se puede votar con el DNI del móvil (app MiDNI)?
¿Se puede votar con el pasaporte?
Preguntas frecuentes
¿Vale el carnet de conducir caducado para votar?
Sí. Infoelectoral, el portal del Ministerio del Interior, indica que no importa que el documento esté caducado si es el original y lleva fotografía.
¿Sirve el carnet de conducir de otro país?
Sí, si lleva tu fotografía. Infoelectoral admite documentos emitidos por el país de origen con la fotografía del titular. Para votar en las generales, además, tienes que ser español e inscrito en el censo.
¿Puedo votar con el carnet de la moto?
El permiso de conducir de cualquier clase es un permiso de conducir: si lleva tu fotografía, cumple lo que pide el artículo 85.1 de la ley.
¿Tengo que llevar el DNI además del carnet?
No. El artículo 85.1 enumera el DNI, el pasaporte y el permiso de conducir con fotografía como alternativas. Si surgen dudas sobre tu identidad, la mesa puede realizar las comprobaciones previstas.
¿Sirve una fotocopia del carnet para votar?
No. El Ministerio del Interior exige documentos originales y excluye expresamente las fotocopias.
¿Qué ocurre si la mesa duda de que la fotografía sea mía?
La mesa decide por mayoría, valorando los documentos aportados y los testimonios de los electores presentes.
Ponlo en la cartera con el DNI
Si el domingo sales con prisa, el carnet de conducir es tu plan B. Comprueba que lo llevas antes de hacer la cola.
