Circula cada campaña el consejo de ir también a la mesa «para asegurar el voto». No funciona así: el voto por correo no es un respaldo de la urna, sino su sustituto. Saberlo antes de pedirlo evita quedarse sin votar el domingo.
Si eres residente en España y la Oficina del Censo Electoral acepta tu solicitud de voto por correo, no podrás votar en la mesa electoral el día de la votación.
¿Por qué no se puede votar en la mesa?
El artículo 73 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que, al recibir la solicitud, la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral anota en el censo que el elector no votará en persona. artículo 73 de la LOREG en el BOE Esa marca llega a la lista que tiene la mesa el día de la votación.
Correos lo dice sin matices en su página sobre el voto por correo del 29-N, y la guía de Infoelectoral sobre el voto por correo desde España lo resume así: «El elector que solicita el voto por correo ya no puede votar personalmente».
Antes de pedirlo, repasa la guía del voto por correo: qué se puede y qué no.
¿Hay algún caso en que sí puedas votar en la mesa?
| Situación | ¿Puedes votar en la mesa? | Por qué |
|---|---|---|
| Pediste el voto por correo y fue aceptado | No | Consta en el censo que no votarás en persona |
| Lo pediste, pero no te llegó la documentación | No | La anotación en el censo se hace igual |
| Recibiste la documentación y no la enviaste | No | Ídem |
| Nunca llegaste a presentar la solicitud | Sí | No hay anotación en el censo |
Que la documentación no llegue no te devuelve la mesa. Qué hacer en ese caso lo explica qué pasa si no llega la documentación del voto por correo.
Qué hacer si ya lo pediste y prefieres votar en la mesa
- Acepta que la mesa ya no es opción
Si la solicitud fue aceptada, la mesa no te dejará votar el 29 de noviembre.
- Usa el voto por correo
Cuando llegue la documentación, rellénala y envíala antes del 25 de noviembre.
- Delega la entrega si no puedes ir
Otra persona puede llevar tu voto a Correos con una autorización firmada y una fotocopia de tu documento.
- Consulta tu caso si hay un error
Si crees que la solicitud no era tuya o hay un fallo, pregunta en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.
¿Se puede anular la solicitud del voto por correo?
Ninguna de las fuentes oficiales consultadas (la ley, Correos y el Ministerio del Interior) describe un procedimiento para anular la solicitud una vez presentada y volver a votar en la mesa. La única vía segura que recogen es votar por correo.
Si te preocupa no llegar a tiempo con el sobre, el plazo de la solicitud y el del depósito se explican en pedir el voto por correo en la última semana.
¿Se puede pedir el voto por correo por otra persona?
¿Se puede votar por correo estando de vacaciones?
Preguntas frecuentes
¿Si voy a la mesa con el sobre del voto por correo me dejan votar?
No. La mesa ve en el censo que pediste el voto por correo y no te deja votar en persona. El sobre debe llegar a través de Correos, que lo entrega a la mesa el día de la votación.
¿Se cuenta mi voto por correo si llega a la mesa?
Sí. Infoelectoral explica que a las 20:00, tras votar el último elector presente, la mesa abre los sobres llegados por correo, comprueba el certificado y el censo, introduce el voto en la urna y anota al elector en la lista de votantes.
¿Pedir el voto por correo me libra de ser miembro de mesa?
No. Infoelectoral indica que pedir el voto por correo no exime de ser miembro de mesa.
¿Puedo votar en persona si no me llegaron las papeletas del voto por correo?
No, cuando la solicitud ya fue aceptada y anotada. El Tribunal Constitucional rechazó que la falta de documentación a tiempo levantara la prohibición de votar ante la mesa.
¿Y si tengo las papeletas, pero no envié el voto por correo?
La regla general sigue impidiendo el voto presencial cuando la solicitud fue aceptada. La fuente oficial no describe específicamente el olvido de envío, pero tampoco establece esa excepción.
¿Rellenar el formulario del INE por internet ya cuenta como pedir el voto por correo?
No necesariamente. Si era el formulario destinado a imprimirse y presentarse en Correos, rellenarlo sin presentarlo no tramita la solicitud. Es distinto de una solicitud telemática efectivamente presentada.
¿Y si el presidente de la mesa me deja votar?
Que la mesa lo permita no vuelve legal automáticamente ese voto. En un caso examinado en la sentencia 169/1991, se calificó de ilegal el voto presencial de un presidente que había solicitado el voto por correo y la sentencia recurrida lo había declarado nulo; no puede extrapolarse una consecuencia idéntica a todos los casos.
¿Si vivo en el extranjero puedo depositar el voto en una urna consular?
En el procedimiento CERA, la documentación se remite de oficio y puedes elegir entre voto por correo y depósito personal en urna consular. Es un procedimiento diferente al voto postal ordinario desde España.
Decide antes de pedirlo
El voto por correo tiene sentido si sabes que no estarás. Si hay dudas, espera: puedes pedirlo hasta el 19 de noviembre, y mientras no lo hagas la mesa sigue siendo tuya.
