Pedirlo desde casa ahorra la cola, pero la vía online tiene un filtro que conviene comprobar antes: sin DNI electrónico activo o sin un certificado digital instalado, el trámite no arranca. Merece la pena comprobarlo antes de dejarlo para el último día.
La solicitud online del voto por correo se hace en la web de Correos con DNI electrónico o certificado digital válido: completas los datos, firmas electrónicamente y descargas la solicitud. El plazo acaba el 19 de noviembre de 2026.
¿Por qué se puede pedir online si la ley habla de ir a Correos?
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en su artículo 72, describe una solicitud personal en una oficina de Correos con exhibición del DNI. artículo 72 de la LOREG en el BOE La firma electrónica con DNI electrónico o certificado digital cumple esa función de identificación sin presencia física.
Para estas elecciones, la página de Correos sobre el voto por correo del 29-N ofrece la solicitud online, y la nota del Ministerio del Interior sobre el voto por correo del 29-N la describe como un trámite telemático «sin acudir a una oficina».
Las preguntas frecuentes de Infoelectoral, el portal electoral de Interior, describen una versión distinta: descargar la solicitud con certificado y entregarla después en persona en Correos. Para el 29-N mandan la página de Correos y la nota de Interior, que son específicas de esta convocatoria. Si al hacerlo la web te pide ir a la oficina, sigue lo que indique la web.
El resto de plazos están en la guía del voto por correo: qué se puede y qué no.
¿Quién no puede pedirlo por internet?
| Situación | ¿Online? | Alternativa |
|---|---|---|
| Residente en España con DNI electrónico o certificado digital | Sí | — |
| Residente en España sin DNI electrónico ni certificado | No | Ir en persona a cualquier oficina de Correos con el DNI original |
| Residente en España temporalmente en el extranjero | No | Impreso en el consulado o la embajada hasta el 31 de octubre |
| Residente en el extranjero temporalmente en España | Sí | — |
| Enfermo o con discapacidad que no puede firmar ni ir | No por sí mismo | Un representante con poder notarial y certificado médico |
La restricción para quien está temporalmente fuera la da Correos; la fecha del 31 de octubre, la nota de Interior. Si estás enfermo, la solicitud puede hacerla otra persona: pedir el voto por correo a través de otra persona tiene requisitos propios.
Cómo pedir el voto por correo por internet
- Prepara la identificación
Comprueba que tu DNI electrónico funciona o que tienes un certificado digital válido instalado.
- Entra en la web de Correos
Busca el apartado de voto por correo de las elecciones del 29 de noviembre.
- Completa los datos
Indica la dirección donde quieres recibir la documentación: domicilio, lugar de trabajo o apartado postal.
- Firma y descarga
Firma electrónicamente la solicitud y guarda la copia con su referencia.
- Sigue el estado
Con esa referencia puedes consultar en la web de Correos cómo va tu solicitud.
¿Hasta qué día se puede pedir online?
Hasta el 19 de noviembre de 2026, igual que en la oficina. No hay un plazo más largo por hacerlo por internet: la ley fija el décimo día anterior a la votación para cualquier vía.
Qué ocurre si llegas tarde lo explica pedir el voto por correo en la última semana.
¿Se puede pedir el voto por correo la última semana?
¿Se puede pedir el voto por correo por otra persona?
Preguntas frecuentes
¿Se puede pedir el voto por correo con Cl@ve?
La página de Correos para el 29-N solo menciona el DNI electrónico y el certificado digital válido. No indica que Cl@ve sirva para este trámite.
¿Pedirlo por internet obliga a recoger la documentación en persona?
Sí. Da igual cómo lo pidas: la documentación llega por correo certificado y debe recibirla el propio elector, identificándose, según Infoelectoral.
¿Puedo elegir dónde me envían la documentación?
Sí. La nota del Ministerio del Interior permite indicar el domicilio, el lugar de trabajo o un apartado postal.
¿Puedo autorizar a alguien para entregar el voto?
Para la convocatoria que describe Correos, si no puedes acudir personalmente, puedes autorizar a otra persona a depositar el voto. Debe llevar la autorización, una fotocopia de tu documento oficial acreditativo y su propio documento oficial. Esta regla se refiere a la entrega del voto, no a presentar electrónicamente una solicitud en nombre ajeno.
¿Qué pasa si vivo fuera de España y estoy de visita?
Correos incluye a los electores residentes en el extranjero que estén temporalmente en España, siempre que tengan derecho de voto en las elecciones convocadas. Es distinto de pedirlo desde el país en el que resides.
Antes de abrir la web
El trámite online es rápido si el certificado funciona y desesperante si no. Pruébalo en cualquier otra gestión de la Administración antes de ponerte con el voto. Si falla, tienes la oficina de Correos con el DNI original hasta el mismo 19 de noviembre.
