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¿Se puede enviar el voto por correo sin sello?

Respuesta rápida: SE PUEDESí, el sobre del voto por correo dirigido a la mesa electoral no necesita sello ni franqueo: el envío certificado es gratuito, como fija la ley electoral. Basta con entregarlo en una oficina de Correos, identificándote, hasta el 25 de noviembre de 2026 para las elecciones del 29 de noviembre. No lo dejes en un buzón: tiene que ir certificado.

Mano depositando el sobre oficial del voto por correo en la ranura de un buzón amarillo de Correos.Imagen ilustrativa generada con inteligencia artificial
El envío del voto por correo es gratuito y los sobres oficiales disponen de franqueo pagado.

La duda es lógica: cualquier carta certificada cuesta dinero, y en la oficina es fácil pensar que hay que pagar algo. El voto por correo es la excepción, y saberlo evita que alguien lo deje sin enviar por miedo a no tener sellos en casa.

Fuente verificada · BOE

El sobre del voto por correo se envía a la mesa por correo certificado y no necesita franqueo, según el artículo 73.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Debe remitirse antes del tercer día anterior a la votación.

¿Por qué el voto por correo no lleva sello?

El artículo 73.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que el elector remite el sobre a la mesa por correo certificado y que ese sobre no necesita franqueo. artículo 73 de la LOREG en el BOE El votante no paga el envío.

La nota del Ministerio del Interior sobre el voto por correo del 29-N lo describe como un envío por correo certificado gratuito, y la guía de Infoelectoral sobre el voto por correo desde España repite que el sobre no necesita franqueo.

Todo el proceso está resumido en la guía del voto por correo: qué se puede y qué no.

¿Qué es gratis y qué no en el voto por correo?

Paso¿Cuesta dinero?Fuente
Pedir el voto por correo en Correos o por internetNo consta coste en las fuentes oficialesCorreos
Recibir la documentación en casaNo consta costeMinisterio del Interior
Enviar el sobre a la mesaNo: va sin franqueoLey electoral, art. 73.3
Certificado médico y notario para un elector enfermoNo: son gratuitosMinisterio del Interior

Gratis no significa sin plazo: el último día para enviar el voto por correo es el 25 de noviembre.

Cómo enviar el voto por correo sin pagar

  1. Cierra el sobre de votación

    Mete la papeleta en el sobre de votación y ciérralo.

  2. Prepara el sobre a la mesa

    Introduce el sobre de votación y el certificado en el sobre dirigido a la mesa.

  3. Ve a una oficina de Correos

    No lo eches al buzón: el envío debe ser certificado.

  4. Identifícate

    Enseña tu DNI, pasaporte, permiso de conducir u otro documento válido.

  5. Entrégalo a tiempo

    El plazo acaba el 25 de noviembre de 2026, según Correos.

¿Qué documento hay que enseñar al entregarlo?

La Instrucción 5/2023 de la Junta Electoral Central exige identificarse al entregar el voto en Correos y admite el DNI, el pasaporte, el permiso de conducir, la tarjeta de residencia o cualquier otro documento válido que permita identificar al elector. Si tu DNI está caducado, la situación tiene matices: lo explica pedir el voto por correo con el DNI caducado.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden cobrar en Correos por enviar el voto?

No por el envío del sobre a la mesa: el artículo 73.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que no necesita franqueo.

¿Puedo echar el voto por correo en un buzón si no lleva sello?

No. La ley exige enviarlo por correo certificado y hay que identificarse al entregarlo, así que debe hacerse en una oficina de Correos.

¿Necesito comprar un sobre?

No. La documentación que envía la Oficina del Censo Electoral incluye el sobre de votación y el sobre dirigido a la mesa, según el artículo 73 de la ley electoral.

¿Qué va dentro del sobre dirigido a la mesa electoral?

El sobre o sobres de votación cerrados, con las papeletas correspondientes, y el certificado de inscripción en el censo. El certificado va en el sobre exterior, no dentro del sobre de votación.

¿El voto por correo certificado necesita un sello postal?

No. El sobre electoral dirigido a la mesa no necesita franqueo, aunque sí debe enviarse por correo certificado.

¿Si pedí el voto por correo pero no lo envié, puedo votar en la mesa?

La Junta Electoral Central indica que, una vez solicitado el voto por correspondencia, no se puede votar personalmente en la mesa. Para solicitudes electrónicas, Correos precisa que esa consecuencia se produce cuando la Oficina del Censo Electoral acepta la solicitud.

Lo único que tienes que llevar

No sellos, sino el sobre completo y tu documento de identidad. Con eso, cualquier oficina de Correos lo tramita gratis hasta el 25 de noviembre.

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Escrito y verificado por

Javier Roldán

Redactor y verificador de fuentes

Contrasto cada dato con la fuente oficial antes de publicarlo: DGT y BOE para normativa de tráfico, Aena y AESA para viajes, organismos de consumo para el resto. Cuando una…

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