Un ingreso programado, una convalecencia larga o una residencia: hay muchas formas de saber con semanas de antelación que el domingo no podrás ir al colegio. La ley lo prevé, pero con plazos que se cierran diez días antes de la votación. En el hospital no hay urnas.
El artículo 72 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General permite votar por correo a quien prevea que no podrá acudir a votar. En caso de enfermedad o incapacidad que impida pedirlo en persona, la solicitud la puede hacer otra persona con autorización notarial o consular y certificado médico oficial.
Dos caminos según puedas o no ir a Correos
| Situación | Cómo se pide el voto | Qué hace falta |
|---|---|---|
| Puedes ir a Correos antes del ingreso | En persona, en cualquier oficina | DNI original |
| Tienes DNI electrónico o certificado digital | En la web de Correos | Firma electrónica de la solicitud |
| La enfermedad te impide ir | Lo pide otra persona | Poder notarial y certificado médico oficial |
El primer camino es el más sencillo: si sabes la fecha del ingreso, pide el voto antes. Puedes indicar que la documentación llegue a casa o a otra dirección. Todos los detalles están en la guía del voto por correo: qué se puede y qué no.
Cuando otra persona tiene que pedirlo por ti
Aquí está la clave para quien ya está ingresado. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General en el BOE exige que el representante tenga un poder otorgado ante notario o cónsul y que se acredite la enfermedad con certificado médico oficial. Una persona solo puede representar a un elector.
La guía de Infoelectoral sobre el voto por correo desde España añade dos datos que cambian la situación: el certificado médico oficial es gratuito y el notario se desplaza gratis al domicilio, al hospital o a la residencia. El paso a paso está en pedir el voto por correo a través de otra persona.
Paso a paso desde el hospital
- Pide el certificado médico oficial
Es gratuito y acredita que la enfermedad te impide pedir el voto en persona.
- Llama a un notario
Se desplaza gratis al hospital para otorgar el poder a tu representante.
- Tu representante va a Correos
Presenta la solicitud con el poder y el certificado antes del 19 de noviembre de 2026.
- Recibe la documentación
Debe recibirla el propio elector, según Infoelectoral.
- Envía el voto
Otra persona puede llevarlo a Correos con tu autorización hasta el 25 de noviembre.
Lo que conviene saber antes de empezar
La documentación del voto por correo tiene que recibirla el propio elector, identificándose, según Infoelectoral. Esto obliga a pensar a qué dirección llegará: si el ingreso puede alargarse, indica el hospital o la residencia. Para la entrega del voto ya no hace falta que vayas tú: otra persona puede llevarlo con tu autorización firmada, como explica dar tu voto por correo a otra persona para que lo entregue.
Una vez pedido el voto por correo, no podrás votar en la mesa aunque te den el alta antes del domingo.
¿Se puede votar en otra mesa o en otro colegio electoral?
¿Se puede votar si cumplo 18 años justo antes de las elecciones?
Preguntas frecuentes
¿Hay urnas en los hospitales?
No. La ley no prevé mesas en los hospitales: el elector ingresado vota por correo, según el artículo 72 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
¿Cuánto cuesta el notario para el voto por correo de un enfermo?
Nada. Infoelectoral, el portal del Ministerio del Interior, indica que el notario es gratuito y se desplaza al domicilio, al hospital o a la residencia.
¿Y si me ingresan después del 19 de noviembre?
Ya no se puede pedir el voto por correo: el plazo termina el 19 de noviembre de 2026, según Correos. Si no puedes ir a tu mesa el domingo, no habrá otra vía para votar.
¿Puede votar un familiar por mí si estoy hospitalizado?
No puede sustituir tu voto. Si la enfermedad te impide acudir a Correos, puede actuar como representante para solicitar el voto postal, siempre que tenga autorización notarial o consular y la certificación médica oficial exigida.
¿Puede venir un notario al hospital y es gratis?
Sí. El Ministerio del Interior contempla el desplazamiento al hospital y declara gratuito el servicio notarial de este procedimiento electoral. La certificación médica oficial requerida también es gratuita.
¿Puedo votar en persona si me dan el alta después de pedir el voto por correo?
No. La regla general de la Junta Electoral Central impide votar presencialmente en la mesa una vez solicitado el voto por correspondencia; no establece una excepción específica por alta hospitalaria.
¿Puedo votar si estoy ingresado en un hospital psiquiátrico?
El internamiento no te excluye por sí mismo. El artículo 3 vigente de la ley electoral reconoce el ejercicio consciente, libre y voluntario del sufragio, con los apoyos necesarios, sin eliminar los demás requisitos legales.
Si sabes que vas a ingresar, pídelo ya
El problema casi nunca es el hospital, sino el plazo. Si tienes una operación o un ingreso previsto para finales de noviembre, pide el voto por correo ahora, mientras aún puedes ir tú mismo a Correos.
