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	<title>arraigo &#8211; Puedes.info</title>
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	<description>Preguntas tipo Sopa</description>
	<lastBuildDate>Thu, 05 Nov 2026 10:29:09 +0000</lastBuildDate>
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	<title>arraigo &#8211; Puedes.info</title>
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	<item>
		<title>¿Qué se puede hacer en extranjería: papeles, asilo y expulsión?</title>
		<link>https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/extranjeria-que-se-puede/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Preguntas Tipo Sopa]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 Nov 2026 09:51:13 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Dinero, trabajo y legal]]></category>
		<category><![CDATA[arraigo]]></category>
		<category><![CDATA[asilo]]></category>
		<category><![CDATA[extranjería]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las ocho dudas más frecuentes de extranjería: arraigo, asilo, trabajo, familia y expulsión, con la norma que las resuelve y lo que no se puede hacer.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/extranjeria-que-se-puede/">¿Qué se puede hacer en extranjería: papeles, asilo y expulsión?</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://puedes.info">Puedes.info</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div id="veredicto-respuesta" class="veredicto veredicto--depende veredicto--caja"><span class="veredicto__kicker"><span class="veredicto__icono" aria-hidden="true">⚠️</span><strong>Respuesta</strong> rápida: DEPENDE</span><span class="veredicto__texto">Depende del trámite y de tu situación. Se puede regularizar la situación tras haber entrado sin papeles, por ejemplo con el arraigo sociolaboral, que exige dos años de permanencia y un contrato. Se puede pedir asilo desde cualquier provincia, no solo en la frontera, y trabajar a los seis meses de formalizar la solicitud. Una orden de expulsión se puede recurrir. Lo que no se puede, sin nacionalidad española, es votar en las generales.</span></div>




<p class="wp-block-paragraph">La extranjería está llena de plazos y requisitos que cambian según el caso. Esta guía reúne las ocho situaciones que hemos revisado con la Ley de Extranjería, la Ley de Asilo y su reglamento, y enlaza a la explicación completa de cada una.</p>


<div class="caja-destacada"><div class="caja-destacada__content"><span class="caja-destacada__tag">Fuente verificada · BOE</span><p>Para pedir el arraigo sociolaboral hay que acreditar 2 años de permanencia continuada en España, con ausencias que no superen los 90 días en ese periodo, y contar con uno o varios contratos de trabajo que cumplan los requisitos del Reglamento de Extranjería.</p></div></div>




<p class="wp-block-paragraph"><strong>En esta guía:</strong> &#8211; Tabla: qué se puede y qué no en extranjería &#8211; Regularizar la situación &#8211; Asilo y protección internacional &#8211; Familia &#8211; Expulsión y devolución &#8211; Errores más comunes &#8211; Preguntas frecuentes</p>



<h2 class="wp-block-heading">Tabla: qué se puede y qué no en extranjería</h2>



<figure class="wp-block-table"><table><thead><tr><th>Situación</th><th>¿Se puede?</th><th>Condición</th><th>Detalle</th></tr></thead><tbody><tr><td>Regularizarse tras entrar sin papeles</td><td>Sí</td><td>Arraigo sociolaboral: 2 años y contrato</td><td><a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/arraigo-social-entrada-irregular/" rel="">arraigo social tras entrada irregular</a></td></tr><tr><td>Pedir asilo dentro de España</td><td>Sí</td><td>En cualquier provincia; plazo general de un mes</td><td><a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/asilo-dentro-de-espana/" rel="">pedir asilo dentro de España</a></td></tr><tr><td>Recurrir una orden de expulsión o devolución</td><td>Sí</td><td>Según el pie de recurso de la resolución</td><td><a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/recurrir-orden-expulsion-devolucion/" rel="">recurrir una orden de expulsión</a></td></tr><tr><td>Trabajar mientras se tramita el asilo</td><td>Depende</td><td>A los seis meses de formalizar la solicitud</td><td><a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/trabajar-durante-tramitacion-asilo/" rel="">trabajar durante la tramitación del asilo</a></td></tr><tr><td>Reagrupar a la familia</td><td>Depende</td><td>Un año de residencia, ingresos, vivienda y seguro</td><td><a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/reagrupar-familia-papeles-espana/" rel="">reagrupar a la familia con papeles</a></td></tr><tr><td>Expulsar a un menor no acompañado</td><td>Depende</td><td>No como sanción; solo repatriación protegida</td><td><a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/deportar-menor-no-acompanado-mena/" rel="">deportar a un menor no acompañado</a></td></tr><tr><td>Devolución en caliente tras entrar a nado</td><td>Depende</td><td>Solo a quien intenta superar la valla en Ceuta o Melilla</td><td><a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/devolucion-en-caliente-entrada-a-nado/" rel="">devolución en caliente tras entrar a nado</a></td></tr><tr><td>Votar siendo inmigrante regularizado</td><td>Depende</td><td>Solo en municipales, según nacionalidad</td><td><a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/votar-inmigrante-regularizado/" rel="">votar siendo inmigrante regularizado</a></td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph">La norma de referencia es la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-544" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">Ley Orgánica 4/2000 en el BOE</a>. Esta guía forma parte de <a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/" rel="">dinero, trabajo y legal</a>.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Regularizar la situación</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Haber entrado de forma irregular no cierra la puerta a la residencia legal. La vía más solicitada es el arraigo sociolaboral: dos años de permanencia continuada, con ausencias de no más de 90 días, y uno o varios contratos que cumplan los requisitos del Reglamento de Extranjería.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Asilo y protección internacional</h2>



<p class="wp-block-paragraph">La Ley 12/2009 permite formalizar la solicitud de protección internacional desde cualquier punto del país: en la Oficina de Asilo y Refugio, en una oficina de Extranjería o en una comisaría autorizada. El plazo general es de un mes desde la llegada.</p>


<div class="caja-destacada"><div class="caja-destacada__content"><span class="caja-destacada__tag">Fuente verificada · BOE</span><p>Los solicitantes de protección internacional obtienen la autorización de trabajo a partir de los seis meses desde que formalizaron la solicitud, por cuenta ajena o propia, siempre que esté admitida a trámite y no haya una resolución negativa pendiente por causa imputable al solicitante.</p></div></div>




<p class="wp-block-paragraph">Ojo con la fecha: los seis meses cuentan desde la formalización de la solicitud, es decir, la entrevista, no la cita previa.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Familia</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Para reagrupar a un familiar hace falta haber residido legalmente al menos un año en España y haber pedido la renovación por otro año, tener ingresos de al menos el 150 % del IPREM para dos personas, más un 50 % por cada familiar adicional, una vivienda adecuada y seguro de enfermedad. Si falta cualquiera de esas condiciones, la reagrupación todavía no es posible.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Expulsión y devolución</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Una orden de expulsión o de devolución puede recurrirse. Lo primero es leer el pie de recurso de la resolución: ahí deben figurar los recursos posibles, el órgano y el plazo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A un menor extranjero no acompañado no se le puede expulsar como sanción administrativa. La única vía es la repatriación protegida del artículo 35 de la Ley Orgánica 4/2000, con audiencia del menor y los plazos que fija esa misma ley.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La devolución en caliente, el rechazo en frontera de la disposición adicional décima de la misma ley, solo se aplica a quien es detectado intentando superar la valla en Ceuta o Melilla. Quien entra a nado, sin enfrentarse a ese elemento, queda fuera de ese supuesto.</p>



<h2 class="wp-block-heading">El voto</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Sin nacionalidad española no se puede votar en las elecciones generales ni autonómicas. Los ciudadanos de la Unión Europea y de los países con acuerdo de reciprocidad pueden votar en las municipales si están inscritos en el censo de extranjeros. El resto de reglas del voto están en la <a href="https://puedes.info/documentos-y-tramites/votar-elecciones-que-se-puede/" rel="">guía de qué se puede y qué no al votar en España</a>.</p>


<div class="hermanos tendencias__grid">		<a class="tendencias__card" data-cat="dinero-trabajo-y-legal" href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/grabar-fotografiar-que-es-legal/">
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									<img decoding="async" width="480" height="270" src="https://puedes.info/wp-content/uploads/que-se-puede-grabar-y-fotografiar-legalmente-480x270.jpg" class="attachment-puedes-card size-puedes-card wp-post-image" alt="Manos sosteniendo un teléfono móvil mientras graban una calle pública urbana para comprobar qué se puede fotografiar legalmente." loading="lazy" srcset="https://puedes.info/wp-content/uploads/que-se-puede-grabar-y-fotografiar-legalmente-480x270.jpg 480w, https://puedes.info/wp-content/uploads/que-se-puede-grabar-y-fotografiar-legalmente-1200x675.jpg 1200w, https://puedes.info/wp-content/uploads/que-se-puede-grabar-y-fotografiar-legalmente-960x540.jpg 960w" sizes="auto, (max-width: 480px) 100vw, 480px" title="¿Qué se puede grabar y fotografiar legalmente? 1">							</div>
			<div class="tendencias__body">
									<span class="tendencias__badge" data-cat="dinero-trabajo-y-legal">Dinero, trabajo y legal</span>
								<h3>¿Qué se puede grabar y fotografiar legalmente?</h3>
				<span class="tendencias__date"><time datetime="2026-11-05T10:51:08+01:00">5 de noviembre de 2026, 10:51</time></span>
			</div>
		</a>
				<a class="tendencias__card" data-cat="dinero-trabajo-y-legal" href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/cambiar-cerradura-piso-alquiler/">
			<div class="tendencias__media">
									<img decoding="async" width="480" height="270" src="https://puedes.info/wp-content/uploads/cambiar-cerradura-piso-alquilado-bombin-480x270.jpg" class="attachment-puedes-card size-puedes-card wp-post-image" alt="Manos usando un destornillador para cambiar el bombín de la cerradura en la puerta de madera de un piso alquilado." loading="lazy" srcset="https://puedes.info/wp-content/uploads/cambiar-cerradura-piso-alquilado-bombin-480x270.jpg 480w, https://puedes.info/wp-content/uploads/cambiar-cerradura-piso-alquilado-bombin-1200x675.jpg 1200w, https://puedes.info/wp-content/uploads/cambiar-cerradura-piso-alquilado-bombin-960x540.jpg 960w" sizes="auto, (max-width: 480px) 100vw, 480px" title="¿Se puede cambiar la cerradura de un piso alquilado? 2">							</div>
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									<span class="tendencias__badge" data-cat="dinero-trabajo-y-legal">Dinero, trabajo y legal</span>
								<h3>¿Se puede cambiar la cerradura de un piso alquilado?</h3>
				<span class="tendencias__date"><time datetime="2026-11-05T10:52:49+01:00">5 de noviembre de 2026, 10:52</time></span>
			</div>
		</a>
		</div>




<h2 class="wp-block-heading">Arraigo social y asilo: dos caminos distintos</h2>



<h3 class="wp-block-heading">¿Puedes conseguir residencia por arraigo después de entrar irregularmente?</h3>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Sí, si cumples los requisitos del arraigo social.</strong> No se exige como regla general haber entrado legalmente. La <a href="https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales.-arraigo-social" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">hoja oficial del arraigo social</a> fija al menos dos años de permanencia continuada y un máximo de 90 días de ausencia durante ese período. También exige vínculos familiares previstos legalmente o un informe favorable de integración, además de otros requisitos personales. <a href="https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales.-arraigo-social" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">Comprueba los dos años y las ausencias en la hoja de arraigo social del Ministerio</a></p>



<p class="wp-block-paragraph">Hay un detalle que puede cambiar el resultado: no puedes mantener la condición de solicitante de protección internacional al presentar este arraigo ni durante su tramitación. El tiempo de asilo se excluye del cómputo hasta su resolución firme administrativa y, cuando corresponda, judicial. En la vía basada en vínculos familiares, la hoja ministerial detalla recursos equivalentes al 200 % del IPREM en total, repartidos entre familiar residente y solicitante.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Si tu caso encaja, consulta <a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/arraigo-social-entrada-irregular/" rel="">cómo pedir el arraigo social tras una entrada irregular</a>. No confundas esta vía con el arraigo sociolaboral: sus efectos laborales durante la tramitación no son idénticos.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Puedes pedir asilo si ya estás en España?</h3>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Sí.</strong> La <a href="https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2009-17242" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">Ley 12/2009 de protección internacional</a> reconoce que las personas nacionales de países no comunitarios y las apátridas presentes en España pueden solicitar protección. No es necesario estar en un puesto fronterizo para plantear la petición. <a href="https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2009-17242" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">Comprueba el derecho a solicitar protección en el artículo 16 de la Ley 12/2009</a> Pero debes separar el derecho a solicitar del reconocimiento efectivo de asilo o protección subsidiaria.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La solicitud exige examinar individualmente el temor de persecución o el riesgo de daños graves; el lugar y las circunstancias de la solicitud también pueden determinar el procedimiento aplicable. El artículo 17.2 de la Ley 12/2009 conserva un plazo de comparecencia de un mes, cuya aplicación debe contrastarse con el régimen europeo y temporal correspondiente. No debe presentarse el mes del artículo 17.2 como un plazo universal: deben comprobarse el régimen temporal y la compatibilidad de la norma nacional con el Reglamento (UE) 2024/1348.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para preparar la diferencia entre petición y concesión, revisa <a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/asilo-dentro-de-espana/" rel="">cómo solicitar asilo desde el interior de España</a>. La protección internacional no es un sustituto automático del arraigo, y la elección de un trámite puede afectar a los requisitos del otro.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Familia y menores: el parentesco no elimina los requisitos</h2>



<h3 class="wp-block-heading">¿Puedes reagrupar a tu familia cuando consigues residencia?</h3>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Depende del tipo de residencia y del familiar.</strong> La <a href="https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-de-residencia-temporal-por-reagrupacion-familiar" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">hoja de reagrupación familiar del Ministerio de Inclusión</a> contempla en el régimen ordinario que quien reagrupa haya residido al menos un año y haya solicitado autorización para residir otro año. La concesión al familiar queda condicionada a la renovación efectiva o a la situación que corresponda. <a href="https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-de-residencia-temporal-por-reagrupacion-familiar" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">Consulta los requisitos de reagrupación familiar en la hoja oficial del Ministerio</a></p>



<p class="wp-block-paragraph">También hay requisitos de parentesco, medios económicos y vivienda. Por tanto, conseguir una primera autorización no significa poder traer de inmediato a cualquier familiar. Existen reglas especiales para determinados residentes de larga duración y ascendientes, y otros regímenes para familiares de españoles, ciudadanía de la Unión y protección internacional.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Puedes distinguir esos supuestos en <a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/reagrupar-familia-papeles-espana/" rel="">qué familiares puedes reagrupar cuando tienes papeles</a>. Antes de iniciar el trámite, identifica tu autorización exacta y la relación familiar que deseas acreditar: ambas determinan qué condiciones debes consultar.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Pueden repatriar a un menor extranjero no acompañado?</h3>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Depende, pero no por la simple falta de papeles.</strong> El <a href="https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-544" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">artículo 35 de la Ley Orgánica 4/2000</a> contempla un procedimiento específico de repatriación en el que prevalece el interés superior del menor. Puede examinarse la reagrupación familiar o su entrega a servicios de protección que garanticen condiciones adecuadas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El procedimiento requiere valoración individual y las garantías de audiencia que correspondan. No se puede tratar a un menor como a un adulto sometido sin más a una expulsión ordinaria. Además, la existencia de indicios de minoría de edad en una devolución exige especial atención a las garantías protectoras.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para distinguir repatriación y expulsión, consulta <a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/deportar-menor-no-acompanado-mena/" rel="">cuándo puede repatriarse a un menor extranjero no acompañado</a>. Si hay dudas sobre la edad o sobre quién recibirá al menor, son cuestiones centrales, no simples detalles administrativos.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Errores más comunes</h2>



<ol class="wp-block-list"><li><strong>Contar los seis meses del asilo desde la cita previa.</strong> Cuentan desde la formalización.</li><li><strong>Pensar que entrar sin papeles impide regularizarse.</strong> El arraigo lo permite tras dos años.</li><li><strong>Pedir la reagrupación sin haber solicitado la renovación.</strong> Es uno de los requisitos.</li><li><strong>No leer el pie de recurso de una expulsión.</strong> Ahí está el plazo para recurrir.</li><li><strong>Dar por hecho que con residencia legal se vota en las generales.</strong> Hace falta la nacionalidad.</li></ol>



<h2 class="wp-block-heading">Preguntas frecuentes</h2>


<div class="faq"><details class="faq__item" open><summary class="faq__q">¿Cuántos años hacen falta para el arraigo?</summary><div class="faq__a"><p>Para el arraigo sociolaboral, dos años de permanencia continuada en España, con ausencias de no más de 90 días, y un contrato que cumpla los requisitos del Reglamento de Extranjería.<br /></p></div></details><details class="faq__item"><summary class="faq__q">¿Se puede pedir asilo si ya estoy en España?</summary><div class="faq__a"><p>Sí. La Ley 12/2009 permite formalizar la solicitud en la Oficina de Asilo y Refugio, en una oficina de Extranjería o en una comisaría autorizada de cualquier provincia.<br /></p></div></details><details class="faq__item"><summary class="faq__q">¿Cuándo puedo trabajar si he pedido asilo?</summary><div class="faq__a"><p>A partir de los seis meses desde que formalizaste la solicitud, si está admitida a trámite y no hay una resolución negativa pendiente por causa que te sea imputable.<br /></p></div></details><details class="faq__item"><summary class="faq__q">¿Qué ingresos hacen falta para reagrupar?</summary><div class="faq__a"><p>Al menos el 150 % del IPREM para dos personas, más un 50 % adicional por cada familiar extra.<br /></p></div></details><details class="faq__item"><summary class="faq__q">¿Tener NIE significa tener permiso de residencia?</summary><div class="faq__a"><p>No. El NIE es un número de identificación que puede asignarse en un expediente de extranjería. La autorización de residencia es una decisión administrativa distinta y debe acreditarse con la documentación correspondiente.<br /></p></div></details><details class="faq__item"><summary class="faq__q">¿Puedo empadronarme sin permiso de residencia?</summary><div class="faq__a"><p>Sí. El artículo 6.3 de la Ley Orgánica 4/2000 dispone la inscripción padronal de las personas extranjeras que tienen su domicilio habitual en el municipio. Empadronarte no te concede por sí solo residencia ni sustituye los requisitos del arraigo.<br /></p></div></details><details class="faq__item"><summary class="faq__q">¿Tengo derecho a abogado e intérprete si no tengo papeles?</summary><div class="faq__a"><p>En procedimientos como la devolución se reconoce asistencia jurídica e intérprete, gratuitos cuando faltan recursos suficientes. La solicitud de protección internacional también contempla asistencia jurídica gratuita en los términos legales e intérprete. No debe extrapolarse la gratuidad a cualquier trámite.<br /></p></div></details><details class="faq__item"><summary class="faq__q">¿Asilo y protección subsidiaria son lo mismo?</summary><div class="faq__a"><p>No. El asilo protege frente a persecución por motivos jurídicamente reconocidos; la protección subsidiaria responde a riesgos reales de daños graves cuando no se cumplen los requisitos para ser refugiado. Ambas forman parte de la protección internacional, pero no son idénticas.<br /></p></div></details><details class="faq__item"><summary class="faq__q">¿Pueden devolverme a un país donde corro peligro?</summary><div class="faq__a"><p>Una expulsión no puede ejecutarse vulnerando el principio de no devolución. El riesgo alegado debe examinarse mediante el procedimiento correspondiente; manifestar peligro no significa que se conceda automáticamente un estatuto de protección.<br /></p></div></details></div>



<h2 class="wp-block-heading">Cada trámite, su plazo</h2>



<p class="wp-block-paragraph">En extranjería, casi todo depende de una fecha: la de llegada, la de la solicitud o la de la notificación. Apúntala siempre y, ante una resolución desfavorable, busca asesoramiento antes de que venza el plazo de recurso.</p>
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]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>¿Se puede regularizar la situación en España por arraigo social tras entrar de forma irregular?</title>
		<link>https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/arraigo-social-entrada-irregular/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Preguntas Tipo Sopa]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 02 Aug 2026 02:23:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Dinero, trabajo y legal]]></category>
		<category><![CDATA[arraigo]]></category>
		<category><![CDATA[extranjería]]></category>
		<category><![CDATA[normativa]]></category>
		<category><![CDATA[trámites migratorios]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://puedes.info/?p=6755</guid>

					<description><![CDATA[<p>Entrar sin papeles no cierra la puerta a regularizarte. La vía más solicitada es el arraigo sociolaboral, que exige 2 años de permanencia continuada y un contrato de trabajo que cumpla los requisitos.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div id="veredicto-respuesta" class="veredicto veredicto--si veredicto--caja"><span class="veredicto__kicker"><span class="veredicto__icono" aria-hidden="true">✅</span><strong>Respuesta</strong> rápida: SE PUEDE</span><span class="veredicto__texto">Sí, es posible regularizar la situación en España después de haber entrado sin papeles: la vía más solicitada es el arraigo sociolaboral, que exige acreditar 2 años de permanencia continuada en el país y contar con un contrato de trabajo que cumpla los requisitos del Reglamento de Extranjería.</span></div>




<p class="wp-block-paragraph">Mucha gente sigue buscando «arraigo social» a secas cuando en realidad hoy existen varias vías distintas bajo ese nombre paraguas, y confundirlas hace perder semanas preparando la documentación equivocada. Antes de reunir un solo papel conviene saber cuál de ellas encaja con tu situación real.</p>


<div class="caja-destacada"><div class="caja-destacada__content"><span class="caja-destacada__tag">Fuente verificada · Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones</span><p>Para pedir el arraigo sociolaboral hay que acreditar 2 años de permanencia continuada en España, con ausencias que no superen los 90 días en ese periodo, y contar con uno o varios contratos de trabajo que sumen al menos 20 horas semanales al salario mínimo interprofesional o al de tu convenio colectivo.</p></div></div>




<h2 class="wp-block-heading">¿Por qué se puede regularizar por arraigo, y qué tipo te corresponde?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">El Reglamento de Extranjería que entró en vigor el 20 de mayo de 2025 mantiene la figura del arraigo, pero la organiza en cinco modalidades distintas: segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo y familiar, tal como recoge la guía oficial del <a href="https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/preguntas-frecuentes-reglamento-de-extranjeria" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones</a>. Esto explica por qué «arraigo social» ya no es un único trámite:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>El <strong>arraigo sociolaboral</strong> es el más solicitado y exige contrato de trabajo, sin necesidad de aportar un informe de integración social.</li>



<li>El <strong>arraigo social</strong>, en sentido estricto, se apoya en vínculos familiares o sociales y sí requiere ese informe de integración, pero no exige contrato.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Las modalidades de arraigo social y arraigo sociolaboral exigen haber permanecido con carácter continuado en España durante, al menos, los dos años anteriores a la presentación de la solicitud; las ausencias de España durante ese período no pueden superar los 90 días. Un Real Decreto posterior, el <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-8284" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">Real Decreto 316/2026</a>, modificó de nuevo el reglamento en abril de 2026 y abrió dos vías extraordinarias adicionales, pero su plazo de solicitud terminó el 30 de junio de 2026 y hoy ya no está abierto.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Si además necesitas ordenar el resto de papeles que suelen acompañar a este proceso, en nuestras preguntas <a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/" rel="">sobre dinero, trabajo y legal</a> repasamos los pasos previos y posteriores a la solicitud.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿En qué casos NO se puede pedir el arraigo sociolaboral?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Antes de reunir la documentación, comprueba que no estás en ninguno de estos supuestos, recogidos por el <a href="https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/29.-autorizacion-de-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales.-arraigo-sociolaboral." target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">Ministerio de Inclusión</a>:</p>



<figure class="wp-block-table"><table class="has-fixed-layout"><thead><tr><th>Motivo de exclusión</th><th>Qué significa en la práctica</th></tr></thead><tbody><tr><td>Ciudadanía UE, EEE o Suiza</td><td>No se aplica el régimen general de extranjería</td></tr><tr><td>Solicitante de protección internacional</td><td>No se puede pedir mientras el asilo sigue en trámite</td></tr><tr><td>Menos de 2 años continuados en España</td><td>Con ausencias superiores a 90 días en ese periodo</td></tr><tr><td>Antecedentes penales</td><td>En España o en los países donde residiste los últimos 5 años</td></tr><tr><td>Compromiso de no retorno vigente</td><td>Firmado tras una expulsión o devolución anterior</td></tr><tr><td>Ya tienes autorización de residencia</td><td>El trámite es solo para quien está en situación irregular</td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Hay un matiz que se olvida a menudo: el empleador que firma tu contrato también tiene que estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social, o la solicitud se deniega aunque tú cumplas el resto de requisitos, según la misma guía del Ministerio. Y si tu caso se complica porque ya tienes notificada una salida forzosa, primero te interesa saber <a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/recurrir-orden-expulsion-devolucion/" rel="">si se puede recurrir una orden de expulsión o devolución</a>, porque eso condiciona si puedes optar al arraigo o no.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Qué hacer si llevas tiempo en España sin papeles</h2>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Reúne pruebas de tu permanencia continuada</strong> durante 2 años: empadronamiento histórico u otros documentos públicos que certifiquen tu relación con instituciones españolas en ese periodo.</li>



<li><strong>Consigue un contrato de trabajo</strong> (o varios) que sumen al menos 20 horas semanales al salario mínimo interprofesional o a tu convenio, con una duración superior a 90 días si es temporal.</li>



<li><strong>Solicita el certificado de antecedentes penales</strong> de tu país de origen y de cualquier otro país donde hayas residido en los últimos 5 años.</li>



<li><strong>Presenta la solicitud de arraigo sociolaboral</strong>; en cuanto se admita a trámite quedarás habilitado provisionalmente para residir y trabajar por cuenta ajena mientras se resuelve el expediente.</li>



<li><strong>Si tu situación encaja mejor en vínculos familiares o sociales que en un contrato</strong>, pregunta por el arraigo social en vez del sociolaboral: el trámite y el informe que necesitas son distintos.</li>
</ol>



<h2 class="wp-block-heading">¿Puedo trabajar mientras se tramita el arraigo?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Sí. Desde que la solicitud se admite a trámite, la persona solicitante queda habilitada provisionalmente para residir y trabajar por cuenta ajena hasta que se resuelva el procedimiento, y esa habilitación se hace constar en la propia comunicación de inicio de la tramitación, según el Ministerio de Inclusión. La autorización, si se concede, tiene una vigencia inicial de 1 año, prorrogable por otro año más.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En cuanto tengas la residencia en regla, el siguiente trámite natural para muchas familias es traer al resto de la unidad familiar: en <a href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/reagrupar-familia-papeles-espana" rel="">cómo reagrupar a tu familia si consigues la residencia en España</a> explicamos los requisitos de esa vía.</p>


<div class="hermanos tendencias__grid">		<a class="tendencias__card" data-cat="dinero-trabajo-y-legal" href="https://puedes.info/dinero-trabajo-y-legal/votar-inmigrante-regularizado/">
			<div class="tendencias__media">
									<img decoding="async" width="480" height="270" src="https://puedes.info/wp-content/uploads/votar-espana-inmigrante-regularizado-censo-480x270.jpg" class="attachment-puedes-card size-puedes-card wp-post-image" alt="Mano depositando papeleta en urna transparente en colegio electoral de España." loading="lazy" srcset="https://puedes.info/wp-content/uploads/votar-espana-inmigrante-regularizado-censo-480x270.jpg 480w, https://puedes.info/wp-content/uploads/votar-espana-inmigrante-regularizado-censo-768x432.jpg 768w, https://puedes.info/wp-content/uploads/votar-espana-inmigrante-regularizado-censo-1536x864.jpg 1536w, https://puedes.info/wp-content/uploads/votar-espana-inmigrante-regularizado-censo-1200x675.jpg 1200w, https://puedes.info/wp-content/uploads/votar-espana-inmigrante-regularizado-censo.jpg 1920w" sizes="auto, (max-width: 480px) 100vw, 480px" title="¿Se puede votar en España siendo inmigrante regularizado? 3">							</div>
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									<span class="tendencias__badge" data-cat="dinero-trabajo-y-legal">Dinero, trabajo y legal</span>
								<h3>¿Se puede votar en España siendo inmigrante regularizado?</h3>
				<span class="tendencias__date"><time datetime="2026-08-02T04:19:34+02:00">2 de agosto de 2026, 04:19</time></span>
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		</a>
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									<img decoding="async" width="480" height="270" src="https://puedes.info/wp-content/uploads/documentos-reagrupacion-familiar-espana-480x270.jpg" class="attachment-puedes-card size-puedes-card wp-post-image" alt="Solicitud de residencia, pasaporte y bolígrafo sobre mesa con foto familiar de fondo para reagrupación en España." loading="lazy" srcset="https://puedes.info/wp-content/uploads/documentos-reagrupacion-familiar-espana-480x270.jpg 480w, https://puedes.info/wp-content/uploads/documentos-reagrupacion-familiar-espana-768x432.jpg 768w, https://puedes.info/wp-content/uploads/documentos-reagrupacion-familiar-espana-1536x864.jpg 1536w, https://puedes.info/wp-content/uploads/documentos-reagrupacion-familiar-espana-1200x675.jpg 1200w, https://puedes.info/wp-content/uploads/documentos-reagrupacion-familiar-espana.jpg 1920w" sizes="auto, (max-width: 480px) 100vw, 480px" title="¿Se puede reagrupar a la familia si consigues papeles en España? 4">							</div>
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									<span class="tendencias__badge" data-cat="dinero-trabajo-y-legal">Dinero, trabajo y legal</span>
								<h3>¿Se puede reagrupar a la familia si consigues papeles en España?</h3>
				<span class="tendencias__date"><time datetime="2026-08-02T04:30:49+02:00">2 de agosto de 2026, 04:30</time></span>
			</div>
		</a>
		</div>



<div class="faq"><details class="faq__item" open><summary class="faq__q">¿Cuánto tiempo hay que llevar en España para pedir el arraigo sociolaboral?</summary><div class="faq__a"><p>Necesitas acreditar una permanencia continuada de al menos 2 años en España, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Las ausencias no pueden superar los 90 días dentro de ese periodo, y el tiempo como solicitante de protección internacional no cuenta si esa solicitud sigue en trámite.</p></div></details></div>


<div class="faq"><details class="faq__item" open><summary class="faq__q">¿Necesito un contrato de trabajo para pedir el arraigo social?</summary><div class="faq__a"><p>Depende del tipo de arraigo: el sociolaboral sí exige uno o varios contratos que sumen al menos 20 horas semanales al salario mínimo interprofesional o a tu convenio. El arraigo social, en sentido estricto, no pide contrato, pero sí un informe de integración social.</p></div></details></div>


<div class="faq"><details class="faq__item" open><summary class="faq__q">¿Puedo trabajar mientras se tramita mi solicitud de arraigo?</summary><div class="faq__a"><p>Sí. En cuanto la solicitud se admite a trámite quedas habilitado provisionalmente para residir y trabajar por cuenta ajena hasta que se resuelva el expediente, según la misma fuente oficial del Ministerio de Inclusión.</p></div></details></div>


<div class="faq"><details class="faq__item" open><summary class="faq__q">¿Qué pasa si no tengo empadronamiento para demostrar los 2 años?</summary><div class="faq__a"><p>El empadronamiento histórico es la vía habitual, aunque también se admiten otros documentos públicos que acrediten tu relación con instituciones españolas durante ese periodo. No existe un listado oficial cerrado de qué documentos alternativos sirven, así que conviene reunir todos los que tengas antes de presentar la solicitud.</p></div></details></div>


<div class="faq"><details class="faq__item" open><summary class="faq__q">¿Sigue existiendo el arraigo social o ha cambiado de nombre?</summary><div class="faq__a"><p>Sigue existiendo como una de las cinco modalidades de arraigo del Reglamento vigente, junto al sociolaboral, el socioformativo, el familiar y el de segunda oportunidad, cada una con requisitos distintos.</p></div></details></div>



<p class="wp-block-paragraph">Si tu contrato o tu tiempo de permanencia no encajan exactamente en estos requisitos, conviene que un profesional revise tu expediente concreto antes de presentarlo: una solicitud incompleta o mal encajada en la modalidad que no toca resta opciones para más adelante.</p>
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