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¿Se pueden publicar encuestas la última semana de campaña?

Respuesta rápida: NO SE PUEDENo, durante los cinco días anteriores al de la votación está prohibido publicar, difundir o reproducir sondeos electorales por cualquier medio de comunicación. Para las elecciones del 29 de noviembre de 2026, eso significa del martes 24 al sábado 28 de noviembre. La ley sanciona el incumplimiento con multas de 3.000 a 30.000 euros. Las encuestas se pueden seguir haciendo; lo que se prohíbe es difundirlas.

Urna transparente con papeletas en una mesa electoral junto a un informe con gráficos estadísticos sobre encuestas.Imagen ilustrativa generada con inteligencia artificial
La regulación electoral establece límites específicos sobre la difusión de intenciones de voto durante los últimos días previos a las votaciones.

Es la razón por la que los medios dejan de publicar sondeos a mitad de la última semana. La prohibición afecta a la difusión, no al trabajo de las empresas de encuestas.

Fuente verificada · BOE

El artículo 69.7 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece: «Durante los cinco días anteriores al de la votación queda prohibida la publicación y difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación». El artículo 153.2 fija multas de 3.000 a 30.000 euros por infringir el régimen de encuestas.

El calendario del 29-N

Fechas¿Se pueden publicar encuestas?
Del 6 de octubre al 23 de noviembre de 2026Sí, con las especificaciones técnicas que exige la ley
Del 24 al 28 de noviembre de 2026No
29 de noviembre, antes del cierre de los colegiosNo hasta que cierren los colegios
Tras el cierre de los colegiosSí, los sondeos a pie de urna se difunden al cerrar

Las fechas salen de aplicar el artículo 69.7 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en el BOE a la convocatoria del 6 de octubre de 2026.

Lo que exige la ley a cualquier encuesta publicada

Desde la convocatoria, toda encuesta publicada debe incluir quién la ha hecho y quién la encargó, el sistema de muestreo, el tamaño de la muestra, el margen de error, el nivel de representatividad, el procedimiento de selección y la fecha del trabajo de campo, además del texto íntegro de las preguntas (artículo 69.1). La Junta Electoral Central vela por que no haya falsificaciones ni ocultaciones y puede exigir rectificaciones en tres días.

¿Y en redes sociales o medios extranjeros?

La prohibición habla de «cualquier medio de comunicación». Si un particular comparte en redes una encuesta prohibida durante esos días, la ley no lo menciona expresamente. Lo que sí está claro es que la Junta Electoral Central es la autoridad que decide en materia de encuestas, y que sus resoluciones se pueden recurrir ante los tribunales contencioso-administrativos (artículo 69.6).

La jornada de reflexión tiene sus propias reglas: las explicamos en hacer campaña el día de reflexión y en compartir propaganda en redes el día de reflexión. El resto de la campaña está en la guía de qué se puede y qué no en campaña electoral.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo no se pueden publicar encuestas antes del 29 de noviembre?

Desde el martes 24 de noviembre de 2026. El artículo 69.7 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General prohíbe su difusión durante los cinco días anteriores al de la votación.

¿Se pueden hacer encuestas esos días?

La ley prohíbe publicarlas, difundirlas o reproducirlas, no realizarlas. Las empresas pueden seguir con el trabajo de campo, por ejemplo para los sondeos a pie de urna.

¿Cuál es la multa por publicar una encuesta prohibida?

De 3.000 a 30.000 euros, según el artículo 153.2 de la ley.

¿Existe una excepción para publicar encuestas desde el extranjero?

En el artículo 69 de la LOREG y en el Acuerdo 93/2022 no se recoge una excepción general que permita publicar encuestas durante el período prohibido por el hecho de publicarlas en el extranjero. La referencia al periódico de Andorra aparece en el citado acuerdo como una alegación de la parte expedientada y no constituye una autorización de la JEC para publicar encuestas desde ese país o desde el extranjero.

¿Puedo compartir una encuesta desde mi cuenta personal?

El Acuerdo 93/2022 no establece una autorización general para compartir encuestas desde cuentas particulares durante el período prohibido. Aunque afirma que la regulación de las encuestas electorales también se aplica a los medios digitales y analiza publicaciones en un blog, no resuelve específicamente los supuestos de reenvío privado o comunicación interpersonal.

¿Hay que borrar las encuestas antiguas de una hemeroteca?

El artículo 69 de la LOREG y el Acuerdo 93/2022 no establecen expresamente una obligación automática de borrar de la hemeroteca las encuestas publicadas con anterioridad. Sin embargo, el artículo 69.7 de la misma ley prohíbe la publicación y difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación durante los cinco días anteriores al de la votación.

Cinco días sin sondeos

Si sigues la campaña por las encuestas, apunta el lunes 23 como último día con datos. A partir del 24, solo quedan los mítines y, el 29 por la noche, los resultados.

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Escrito y verificado por

Javier Roldán

Redactor y verificador de fuentes

Contrasto cada dato con la fuente oficial antes de publicarlo: DGT y BOE para normativa de tráfico, Aena y AESA para viajes, organismos de consumo para el resto. Cuando una…

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